PAGO DE LA MATRÍCULA

Para todas las universidades públicas catalanas, la Generalidad de Cataluña fija anualmente el precio de los estudios oficiales, mediante la publicación de un decreto que determina los precios públicos de los servicios académicos según el grado de estructura docente atribuido a cada enseñanza.

Los estudiantes de los centros adscritos deberán consultar la información relativa a los precios y pago de la matrícula en la Secretaría de su centro.

PAGO DE LA MATRÍCULA DE GRADOS

MODALIDADES DE PAGO

La Universidad cobrará el importe de la matrícula mediante cargo en la cuenta de la entidad bancaria escogida por los estudiantes. En el momento de hacer la matrícula el estudiante deberá optar por una de las modalidades de pago siguientes:

1 - Pago único domiciliado

La Universidad cobrará el importe a partir del quinto día siguiente a la realización de la matrícula.

2 - Pago único con tarjeta

El pago debe hacerse en el momento de realizar la matrícula.

3 - Pago fraccionado domiciliado en tres plazos.

El cobro de la matrícula se efectuará en tres plazos:

  • El primer plazo será a partir del qiuinto día siguiente a la realización de la matrícula. Se cobrará el 40% de los créditos matriculados más las tasas administrativas de carácter no docente.
  • El segundo plazo será el 14 de noviembre de 2025. Se cobrará el 30% de los créditos matriculados.
  • El tercer plazo será el 29 de diciembre de 2025. Se cobrará el 30% restante de los créditos matriculados.28 de desembre de 2023. Es cobrarà el 30% restant dels crèdits matriculats.

3 - Préstamo bancario:

La información sobre el préstamo para la financiación de la matrícula de los estudios universitarios (Préstamo AGAUR) la podéis consultar en:  https://agaur.gencat.cat/es/detalls/article/PROGRAMA-FINAN-Prestec-AGAUR

La modalidad de pago “Préstamo AGAUR” conlleva que el estudiante autoriza al AGAUR a amortizar total o parcialmente el préstamo en nombre suyo en los casos en que esté justificado para la correcta gestión del instrumento de financiación.

La UdL no cederá los datos a terceros, salvo en los casos estrictamente previstos en la ley.

En el supuesto de solicitar la modalidad “Préstamo AGAUR”, la UdL puede ceder los datos al AGAUR y a la entidad financiera correspondiente.

COMO DOMICILIAR EL PAGO

Deberás introducir los datos de la cuenta en el apartado correspondiente de la automatrícula.

Has de presentar en la secretaria del centro en el plazo de 10 días desde el momento de la matrícula, una orden de domiciliación bancaria (SEPA) firmada por la persona titular de la cuenta autorizando el cargo. Este documento se genera al finalizar la automatrícula en el primer año o bien si se ha hecho posteriormente un cambio de titular de la cuenta.

Puedes presentar este documento en la secretaría del centro preferentemente, a través de la sede electrónica utilizando el formulario para el envío de documentación correspondiente a tu centro que encontrarás en el apartado  de Estudiantes UdL; por correo postal a la dirección del centro correspondiente; presencialmente, solicitando cita previa (contacto con los centros); o por correo electrónico, si no ha sido posible utilizar ninguna de las otras vías.

El recibo de la matrícula, tanto si se ha realizado de forma presencial como por automatrícula, tiene efectos de notificación.

La matrícula que, por cualquier causa, se deba abonar fuera del pago por plazos y con posterioridad al tercer plazo establecido en el punto 2, se deberá abonar en efectivo en cualquier de las entidades bancarias que se indiquen en el documento de cobro o cualquier otra modalidad de pago que pueda establecer la Universidad.

Los datos bancarios para la domiciliación puedes modificarlos mediante el formulario M2 (sede electrónica) y lo debes presentar en la secretaria del centro con una antelación mínima de quince días al segundo o al tercer plazo de pago. La solicitud debe ir acompañada de una nueva orden de domiciliación SEPA firmada por la persona titular de la cuenta en el supuesto que haya cambiado el titular.

PROCEDIMIENTO Y EFECTOS DEL IMPAGO DE LA MATRÍCULA

Si la Universidad no puede cobrar el importe total o parcial de la matrícula a través del número de cuenta indicado por el o la estudiante o a través de cualquier otra modalidad de pago, lo comunicará al estudiante y añadirá al importe total o parcial de la matrícula los porcentajes siguientes:

  • Desde la fecha de vencimiento y hasta los dos meses, el 5% de recargo.
  • Entre los dos y los quatro meses, el 10% de recargo.
  • A partir de los quatro meses, el 15% de recargo.

La comunicación se hará a la dirección de correo electrónico institucional (___@alumnes.udl.cat) facilitada a los estudiantes en el momento de formalizar la matrícula de primer curso y se indicará al estudiante cómo obtener el recibo, con una validez de dos meses, que incluirá el recargo correspondiente.

El estudiante tendrá que abonar el importe pendiente antes de la fecha de vencimiento del recibo.

El importe de estos recargos se debe abonar independientemente que con posterioridad a la comunicación se obtenga una beca o ayuda.

Como consecuencia de esta suspensión, los estudiantes no podrán hacer ninguna modificación de matrícula, obtener certificados académicos, trasladar el expediente, solicitar el título ni hacer ninguna nueva matrícula, en la misma titulación o en otra, ni hacer ningún otro trámite de gestión académica.

Esta normativa económica de la matrícula será aplicable siempre que no se especifique de otra forma en el decreto de precios públicos de la Generalitat de Cataluña o en otras normativas legales.

ESTUDIANTES PENDIENTES DE ASGINACIÓN DE PLAZA

ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO PENDIENTES DE MEJORAR LA ASIGNACIÓN DE PLAZA A TRAVÉS DEL PROCESO DE PREINSCRIPCIÓN

Los estudiantes que estéis pendientes de admisión a través del proceso de preinscripción universitaria en otros estudios de la Universidad de Lleida o en otra universidad, deberéis indicarlo en la automatrícula y deberéis pagar la matrícula sigiendo el orden que se indica a continuación:

  • En el momento de formalizar la matrícula deberán pagar con tarjeta el importe correspondiente a la tasa de gestión del expediente académico, a la tasa de apoyo al aprendizaje y el seguro obligatorio. En caso de no realizar este pago, la matrícula quedará invalidada sin otra comunicación y, como consecuencia, se perderá la plaza en estos estudios, la cual se asignará a la persona que corresponda de acuerdo con el proceso de preinscripción.
  • Si antes del 30 de septiembre de 2025 el estudiante no presenta la solicitud de anulación de matrícula (porque le han aceptado en otra universidad o en un centro de esta universidad), se entenderá que quiere conservar la matrícula en el grado y se le comunicará la forma de cobro del resto del importe de la matrícula.
  • Al estudiante que obtenga plaza en otra titulación de la UdL o en otra universidad pública con posterioridad al 30 de septiembre de 2025 se te devolverá el importe correspondiente a los créditos matriculados, siempre y cuando solicite la anulación de la matrícula antes de la fecha indicada en el decreto de precios de la Generalidad de Cataluña para el curso académico 2025-2026.
  • No se devolverán dichos importes cuando la reasignación se produzca por un cambio de preferencias solicitado por el estudiante o porque hayas hecho una nueva preinscripción.
  • Si la anulación se presenta por otros motivos hasta el 14 de noviembre de 2025 inclusivamente, será necesario abonar las tasas administrativas y el 40 % del importe de los créditos. Si la solicitud se presenta del 15 al 30 de noviembre de 2025 inclusivamente, será necesario abonar las tasas administrativas y el 70 % del importe de los créditos matriculados.
  • Se aplicarán las excepciones de pago establecidas en el artículo 6.1.3.B.

 

ESTUDIANTES DE SEGUNDO CURSO Y SUCESIVOS PENDIENTES DE ADMISIÓN POR TRASLADO DE EXPEDIENTE

Los estudiantes que estéis pendientes de admisión por traslado de expediente en otros estudios de la Universidad de Lleida o en otra universidad, deberéis indicarlo en la automatrícula y deberéis pagar la matrícula siguiendo el orden que se indica a continuación:

  • En el momento de formalizar la matrícula se deberá pagar con tarjeta el importe correspondiente a la tasa de gestión del expediente académicoa, la tasa de apoyo al aprendizaje y el seguro obligatorio. Este pago será imprescindible para mantener la condición de estudiante pendiente de traslado de expediente hasta el 30 de septiembre de 2025.
  • Si antes del 30 de septiembre de 2025 el estudiante no presenta la solicitud de anulación de matrícula, se entenderá que quiere conservar la matrícula en el grado y se le comunicará la forma de cobro del resto del importe de la matrícula.
  • El estudiante que obtenga el traslado de expediente con posterioridad al 30 de septiembre de 2025 deberá abonar a la UdL los importes que se indican a continuación:
    Hasta el 14 de noviembre de 2025 inclusivamente, será necesario abonar las tasas administrativas y el 40 % del importe de los créditos. Si la solicitud se presenta del 15 al 30 de noviembre de 2025 inclusivamente, será necesario abonar las tasas administrativas y el 70 % del importe de los créditos matriculados.
  • Se aplicarán las excepciones de pago establecidas en el artículo 6.1.3.B.

En caso de no abonar los importes indicados en los apartados anteriores, se aplicará lo que establece el artículo 5.2 de la citada normativa y, como consecuencia, no se trasladará el expediente a la universidad de destino.